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miércoles, 7 de octubre de 2026

Nuevo RDL 29/2026

 

📢 Todo lo que necesitas saber sobre el nuevo RDL 29/2026: Novedades Inmobiliarias al Detalle




¡Hola a todos los lectores del blog de GESPAIN! 👋

El panorama inmobiliario vuelve a actualizarse y desde GESPAIN queremos que estés siempre informado de la forma más clara y sencilla posible. Hoy analizamos las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 29/2026. Esta nueva normativa fue publicada en el BOE el 7 de octubre. Su entrada en vigor general es el 8 de octubre. Debemos tener en cuenta que debe ser convalidada en el plazo de un mes por la Diputación Permanente del Congreso. Además, algunas medidas fiscales específicas comenzarán a aplicarse el 1 de diciembre de 2026 o el 1 de enero de 2027.

A continuación, te explicamos súper bien los cambios más importantes que afectan tanto a propietarios como a inquilinos. ¡Toma nota! 📝

🧳 1. Alquileres Temporales y de Habitación: Nuevas Reglas del Juego

El alquiler por temporada se ha regulado de forma más estricta para evitar fraudes:

  • Los contratos de vivienda temporal deberán prever de forma expresa la causa que motiva el desplazamiento del inquilino.

  • La causa de temporalidad tiene que ser real y acreditable, y el propietario es quien debe probar que existe.

  • Si no hay una causa válida debidamente prevista en el contrato, este se considerará un contrato de vivienda habitual con efectos retroactivos.

  • La duración será libremente pactada, pero debe ser superior a 31 días y no exceder los 12 meses como regla general.

  • Si el alquiler temporal supera los 12 meses sin que la causa lo justifique, o si se encadenan más de dos contratos temporales consecutivos, pasará a ser un contrato de vivienda habitual con toda la protección legal.

  • El inquilino podrá desistir del contrato después de haber transcurrido al menos un mes desde su firma. Para ello, deberá comunicarlo con 10 días de antelación y no tendrá que pagar ninguna indemnización al propietario.

  • En el alquiler por habitaciones, la suma total de las rentas de las habitaciones no podrá superar la renta de mercado de la vivienda completa.

  • Los contratos temporales firmados antes de esta ley seguirán vigentes con sus normas anteriores hasta que finalice el plazo pactado, extinguiéndose entonces sin posibilidad de prórroga.

🏠 2. Alquiler de Vivienda Habitual: Prórrogas, Gastos y Reparaciones

Si vives de alquiler de forma permanente o tienes una vivienda arrendada, esto te interesa mucho:

  • Prórroga extraordinaria: El inquilino puede pedir hasta 2 años adicionales para contratos cuya prórroga obligatoria termine antes del 31 de diciembre de 2028. Para poder pedirlo, requiere estar al corriente de pago y haberlo estado durante los 8 meses anteriores.

  • Desistimiento: El arrendatario podrá abandonar la vivienda a partir del séptimo mes sin que ello conlleve una indemnización para el arrendador.

  • Límite a la subida del alquiler: La actualización de la renta se hará mediante el índice IRAV. Hasta el 31 de diciembre de 2027, a falta de pacto, la subida máxima permitida será del 2%.

  • Impuestos y gastos de agencia: No se puede imputar al inquilino la tasa de basuras ni el IBI. Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato tampoco podrán ser repercutidos al inquilino bajo ningún concepto.

  • Reparaciones necesarias: Si hay daños que afecten a la habitabilidad, el inquilino puede pedir la reparación adjuntando un presupuesto razonable. El arrendador tiene un plazo de 15 días naturales (o 5 días hábiles en alquileres temporales) para responder o ejecutar la obra. Si no responde o se niega sin justificación, el inquilino podrá realizar las obras y descontar su coste de las rentas futuras.

  • Fianzas y garantías: La fianza será de un mes, y la garantía adicional máxima será de dos meses (y de un mes en contratos temporales). Además, en ningún caso se podrá exigir al inquilino la contratación de seguros de impago de renta.

  • Entrega de la vivienda: Al finalizar el contrato, es obligatorio que las partes dejen constancia por escrito del estado de la vivienda firmando un documento de finalización.

🛑 3. Protección frente a Desahucios y "Grandes Tenedores"

  • Suspensión de desahucios: La norma establece la suspensión de los procesos de desahucio hasta el 31 de diciembre de 2030 para personas en situación de vulnerabilidad y que carezcan de alternativa habitacional.

  • ¿Qué es un Gran Tenedor?: Se define como gran tenedor a la persona física o jurídica propietaria de más de 10 inmuebles residenciales, o que tenga más de 1.500 m2 de uso residencial. Los garajes y trasteros se excluyen de este cálculo.

💸 4. Novedades Fiscales (IRPF e IVA)

  • Beneficios en el IRPF para propietarios: Desde el 8 de octubre de 2026, los propietarios que no sean grandes tenedores podrán acceder a reducciones del rendimiento neto que van del 70% al 100% si formalizan un nuevo contrato y bajan la renta más de un 5%. Hay bonificaciones similares si se alquila por primera vez.

  • Deducciones para inquilinos: Se incorpora en el IRPF una deducción del 10% del alquiler de vivienda habitual para contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 33.007,20 euros.

  • Cambios en el IVA turístico: A partir del 1 de diciembre de 2026, los arrendamientos de viviendas o apartamentos amueblados cuya duración no supere las 30 noches dejarán de estar exentos de IVA. Pasarán a tributar al tipo reducido del 10%.

🔑 5. Programa "TU CASA": Ayudas para comprar

  • El RDL introduce una ayuda para la financiación de la primera vivienda habitual gestionada por el ICO, dotada con 10.000 millones de euros.

  • Estos préstamos complementarán la hipoteca y no tendrán límite de edad, ni intereses, ni comisiones.

  • Cubrirán el menor importe entre el 20% del valor de la vivienda y 50.000 euros.

💡 En GESPAIN estamos a tu lado

Sabemos que todos estos cambios normativos pueden resultar abrumadores. Por eso, si tienes dudas sobre cómo este nuevo Real Decreto afecta a tu contrato de alquiler, a tu vivienda en propiedad o a tus futuras inversiones, ¡no dudes en contactarnos! Nuestro equipo de expertos está listo para asesorarte con total transparencia y profesionalidad.

Deja la gestión inmobiliaria en las mejores manos. Deja tu tranquilidad en manos de GESPAIN.

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