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miércoles, 3 de noviembre de 2021

 ¿Tengo un piso vacío, en que me afecta la nueva Ley de Vivienda 2021?

Si tiene una vivienda en propiedad, le contamos las claves que debería conocer sobre la futura Ley de Vivienda 2021




A continuación le contamos las claves que debería conocer sobre la futura Ley de vivienda 2021, que incorpora novedades para tener en cuenta, especialmente para aquellos que tengan una vivienda en alquiler o vacía.

Tras meses de negociaciones, el Gobierno está a punto de pasar a trámite parlamentario la nueva ley de Vivienda 2021, un texto que plantea grandes cambios para los caseros; incluyendo desde nuevas bonificaciones fiscales para el alquiler, hasta recargos en los impuestos a las viviendas vacías.

A continuación vemos cómo son estas novedades:
  • Diferencias entre grandes y pequeños propietarios.
  • Novedades que incorpora la nueva Ley de la Vivienda para los pequeños propietarios.
  • Retirada de privilegios, control del precio de los alquileres y viviendas reservadas para el alquiler social para grandes tenedores y empresas.
  • Ayudas al alquiler para menores de 35 años.

Diferencias entre grandes y pequeños propietarios de viviendas.


La primera clave que incorpora esta Ley es un tratamiento diferente para cada tipo de arrendador, diferenciado entre pequeños propietarios (caseros que cuenten con menso de 10 viviendas en su poder) y grandes tenedores (persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial).

Novedades que incorpora la nueva Ley de la Vivienda para los pequeños propietarios.


En este caso, para todas las personas que cuenten con menso de 10 casa, la nueva normativa aprueba grandes ventajas fiscales para fomentar el alquiler. De este modo, los propietarios podrán reducir en la declaración de la Renta entre el 50% y el 90% del rendimiento neto del alquiler si realizan acciones como:
  • Si se rebaja el alquiler más de un 5% respecto al contrato anterior.
  • Si se alquila a jóvenes de entre 18 y 35 años.
  • Si se alquila una vivienda rehabilitada recientemente.
  • Si se pone en alquiler una vivienda en las llamadas "zonas tensionadas".
  • Si se congela el precio del alquiler, pero se han acometido obras de rehabilitación.
Además, aquellos propietarios que tengan cuatro viviendas o más se enfrentan a pagar un recargo en el Impuesto de Bienes e Inmuebles de hasta el 150% si tienen una vivienda deshabitada. Este recargo lo podrá aplicar cada Ayuntamiento o comunidad Autónoma para fomentar el alquiler en su zona.

Retirada de privilegios, control del precio de los alquileres y viviendas reservadas para el alquiler social para grandes tenedores y empresas.


La nueva Ley determina que cuando en una zona el coste del alquiler o de la hipoteca, incluyendo los gastos de suministros, supere el 30% de los ingresos medios de los hogares o el precio del alquiler haya subido al menso un 5% más que el porcentaje de crecimiento del IPC autonómico, la zona será declarada como "zona tensionada" por un periodo máximo prorrogable de tres años. Durante ese periodo, los grandes tenedores con personalidad jurídica deberán limitar el precio de alquiler al índice de referencia de la zona (que será establecido por el Ayuntamiento).

Por otro lado, a partir de ahora las promociones de obra nueva deberán reservar el 30% de las viviendas al parque público, de las que la mitad se destinarán al alquiler social. 

Además, las entidades arrendadoras (empresas propietarias de viviendas destinada al alquiler) también verán cambios con la nueva Ley de Vivienda: verán reducida la bonificación del 85% en la cuota del Impuesto de Sociedades, aunque la cantidad aún no se ha hecho pública.


Ayudas al alquiler para menores de 35 años.


La nueva Ley de la Vivienda incluye también ayudas para facilitar el alquiler a los más jóvenes. De este modo, todas aquellas personas de entre 18 y 35 años que tengan unas rentas o ingresos anuales inferiores a 23.725€ podrán acceder a una ayuda directa de 250€ mensuales para contratos de alquiler inferiores a 600€ al mes.